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Remigio Queral, desposeído del tercer puesto en Penyagolosa Trails 2017 por un «resultado analítico adverso»

La Organización de Penyagolosa Trails ha publicado un comunicado de prensa en el que explica las razones de la descalificación del corredor.

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A comienzo de la tarde de hoy martes la Organización de Penyagolosa Trails ha publicado un comunicado en el que anunciaba que el corredor Remigio Queral era desposeído de su tercer puesto en la pasada edición de la CSP 115. Este es el texto:

Los resultados de los análisis realizados por la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) en la pasada edición de Penyagolosa Trails han confirmado un Resultado Analítico Adverso, en el corredor D. Remigio Queral Ibáñez. En aplicación de lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/2013 de Protección de la Salud y Lucha contra el Dopaje, se procede a la anulación de los resultados obtenidos por el citado corredor, quedando la clasificación definitiva del siguiente modo:

Clas. Dors. Nombre Apellido Club Cat. Clas.
cat.
Tiempo Diferencia/
1ero
País
1 2019 Timothy OLSON THE NORTH FACE SE M 1 12:23:58 00:00:00 USA (Estados Unidos)
2 2018 Yeray DURAN LOPEZ BUFF PRO TEAM VET M 1 12:45:34 00:21:36 ESP (España)
3 2026 Jose Esteban MARTINEZ TECLES LIKE SPORT LURBEL VET M 2 12:52:53 00:28:55 ESP (España)
4 2028 Alejandro FRAGUELA STUDIO54 VET M 3 13:09:32 00:45:34 ESP (España)
5 2007 Victor BERNAD BLASCO TEAM SPORTHG – AMLSPORT VET M 4 13:24:08 01:00:10 ESP (España)

 

Remigio Queral es uno de los corredores de referencia en la Comunicad Valenciana y unos de los corredores más veteranos del calendario nacional, en activo desde el 2006 y con victorias en pruebas como el Gran Trail Peñalara, habiéndose coronado campeón de España de Ultratrail en 2013.

Un resultado analítico adverso es definido como «un informe por parte de un laboratorio u otra entidad acreditada que, de conformidad con el Estándar Internacional para Laboratorios y otros documentos técnicos relacionados, detecte en una muestra la presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores (incluidas grandes cantidades de sustancias endógenas) o pruebas del uso de un método prohibido”.

Por su parte, el dopaje positivo se caracteriza por la presencia de una sustancia prohibida identificada que no haya sido aprobado antes mediante una Exención por Uso Terapéutico (EUT) o que no sea producida de manera natural por el propio organismo.

 

Foto cabecera: Monrasin

 

 

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